Si eres una de esas personas afortunadas que pueden pagar la vivienda al contado te vas a ahorrar una gran cantidad de gastos adicionales como el interés o la formalización de la hipoteca por lo que vas a poder disfrutar de un importante ahorro. Sin embargo, lo más habitual es tener que recurrir a la financiación hipotecaria dado que la inversión es más que considerable y la mayoría no suelen disponer de una liquidez tan potente. Pero esto no significa que esta alternativa carezca de ventajas…
Una de las más relevantes es que, en el crédito hipotecario, los montos son superiores a los que se ofrecen en otros formatos crediticios. Muchos, de hecho, ofrecen tasas de interés bajas para aligerar el peso económico que suponen y lograr que los pagos mensuales sean más llevaderos. Además contribuye a mejorar la calificación crediticia, hace asequible el acceso a la vivienda y constituye, en cierta manera, una forma obligatoria de ahorro. Por algo es la primera opción que pasa por la cabeza del potencial comprador.
Ahora bien, para solicitar un préstamo hay que tener en cuenta que, en la actualidad, las entidades bancarias ya no financian el 100% del coste como ocurría en su día sino, como mucho, el 80%. Esto implica que o bien hay que contar con un dinero reservado previamente para la compra de la vivienda y que suponga el 20% de su precio o bien hay que disponer de un aval que represente el mismo valor. A ello se añade la evaluación de las características personales en relación a la situación laboral, estabilidad de los ingresos, deudas pendientes y gastos que determinan la capacidad de endeudamiento en cada caso. A partir de ahí se consideran las diferentes opciones que pueden ser desde las hipotecas fijas hasta las variables o mixtas. Y, en el caso de que se venda una vivienda para comprar otra, existe la llamada hipoteca puente.
Otra opción, igualmente válida e interesante, es el alquiler con opción a compra. Por medio de esta alternativa el pago de la renta se convierte en pago de la vivienda por lo que se descuenta del precio final una vez que se efectúa la operación de compraventa. Hasta ese momento el arrendatario dispone del tiempo suficiente para ahorrar el capital restante y así poder efectuar la compra llegado el momento (como máximo a los 5 años desde el comienzo del contrato). De no producirse la transacción, se pierden la prima y las rentas pagadas durante el arrendamiento.
Por último, la financiación familiar es otra posibilidad de adquirir un bien inmueble. El procedimiento es similar a la concesión de un crédito aunque, en lugar de firmar con el banco, se establece (o debería establecerse) una relación contractual con los familiares. Si bien puede parecer una situación delicada, lo más conveniente en este supuesto es firmar un acuerdo para garantizar la devolución del dinero prestado y evitar complicaciones en el futuro. Pero si se decide prescindir de cualquier formalización y finalmente el importe no es restituido, desde el punto de vista fiscal el préstamo pasará a ser considerado una donación y, por tanto, habrá que cumplir con el pago de los impuestos correspondientes.
Opciones hay, ¿cuál va a ser la tuya?
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